Licencias Comunitarias

Autorizaciones Multilaterales de Mercancías. Licencias Comunitarias

Son autorizaciones de empresa (por lo tanto no referidas a un vehículo concreto) que permiten realizar transporte internacional entre países pertenecientes a la Unión Europea, y de Cabotaje en los mismos. (Por cabotaje se entiende la realización de servicios interiores de transporte en país distinto al de matriculación del vehículo), los diez paises que ingresaron en la U.E. el 1 de mayo de 2004, tienen un periodo de prohibición de cabotaje que varía de unos a otros.

Servicios liberalizados
En el ámbito de la Unión Europea quedan fuera del régimen de la licencia comunitaria y, por consiguiente, no precisan autorización de transporte internacional los siguientes servicios:
Transportes postales en régimen de servicio público.
Transportes de vehículos accidentados o averiados.
Transporte de Mercancías en vehículo ligero (P.M.A. no superior a 6 Toneladas o carga útil autorizada, incluidos los remolques, no superior a 3,5 Toneladas).
Transportes de medicamentos, de aparatos y equipos médicos, y de otros artículos necesarios en casos de ayudas urgentes o de catástrofes naturales.
El Transporte de Mercancías en régimen de servicio privado. Es decir: realizado con vehículos de la empresa, con conductores asalariados de la empresa, sin remuneración por el transporte, y para transportar mercancías fabricadas o adquiridas por la empresa.
Normativa
La licencia comunitaria se regula por el Reglamento (CE) Nº 881/92 del Consejo de 26 de marzo de 1992, publicado en el diario oficial de las Comunidades Europeas Nº L95/1 de 9 de abril de 1992.
La liberalización del Cabotaje, se recoge en el artículo 12 del Reglamento (CE) Nº 3118/93, del Consejo de 25 de octubre de 1993, por el que se aprueban las condiciones de admisión de transportistas no residentes en los transportes nacionales de mercancías por carretera en un Estado miembro.
El otorgamiento de autorizaciones de transporte internacional de mercancías por carretera se regula en la Orden de 4 de abril de 2000 del Ministerio de Fomento, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 13 de abril de 2000.
 
IMPORTANTE
A.- Francia exige a los transportes interiores y cabotajes que se lleven a cabo en su territorio, la cumplimentación de un «Document de Suivi» siempre que se transporten más de 3 Toneladas a más de 150 Kms. Este requisito se puede cumplir a través de una especie de hoja de ruta denominada «Lettre de voiture-transport de lots» que distribuye el Comité National Routier con domicilio en 8, Villa Bosquet, 75007 PARIS, teléfono 01.53.59.12.72. Fax número 01.53.59.12.73. Dentro del apartado «Modelos de solicitudes», se incluye una Lettre Voiture . . . . remitida por el Ministerio de Francés. Además se debe tener en cuenta que no existe un modelo oficial de Document de Suivi, por lo que cualquiera puede servir siempre que contenga los requisitos mínimos exigidos por la Ley francesa nº 95-96 de 1 de febrero de 1995.
B.- La licencia comunitaria también es válida para los paises que sin pertenecer a la Unión Europea, pertenezcan al Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega y Liechtenstein) y para Suiza.
Requisitos para el otorgamiento
Con carácter general, para acceder a la Licencia Comunitaria, la empresa solicitante debe:
Ser titular de, al menos, una autorización de ámbito nacional referida a vehículos pesados con capacidad de tracción propia.
Al menos una de las personas que llevan la dirección efectiva de la empresa, debe estar en posesión del certificado de capacitación para el transporte internacional de mercancías por carretera.
Plazo de validez

Las licencias comunitarias se otorgan con un plazo de validez de 5 años.

Formalización de las solicitudes
Los solicitantes por primera vez de la Licencia Comunitaria, y los que, una vez caducada aquélla de la que fueran titulares, pretendieran renovarla, deberán aportar:
Solicitud en la que conste:
1. Nombre del solicitante y NIF
2. Domicilio a efectos de notificaciones
3. Número de las copias certificadas que se solicitan
4. Persona que aporta la capacitación y DNI de la misma